30.04.2011 21:25

INFORMACION PARA NUESTROS USUARIOS

 

Precio del suelo urbano. Primer trimestre 2010

31 de Agosto, 2010

Según datos estadisticos del ministerio de la vivienda, el precio del suelo urbano durante el primer trismestre de 2010 se situó en 204,7 € por metro cuadrado de media anual, lo que representa un 14,3% menos respecto al año pasado.

Entre enero y marzo de 2010 se han realizado un total de 5.758 operaciones de compra-venta de suelo urbano de una superficie total de 5.536,4 miles de metros cuadrados.

Con 535 €/m2 de media, Madrid es la comunidad autónoma con la media más alta mientras que en Castilla y León, con una media de 95,8 €/m2 es la comunidad donde se han registrado los precios más bajos.

Con 1027 miles de metros cuadrados de suelo transmitidos, Cataluña es la comunidad donde se ha transmitido más superficie de terreno urbano.

Top HelpMyCash: Las mejores hipotecas de autopromoción

29 de Julio, 2010

Estas hipotecas tienen como destino la construcción o restauración de viviendas. Son diferentes al resto de hipotecas del mercado ya que el banco no entrega todo el dinero del préstamo al momento de contratar la hipoteca.

Rank Julio
Rank Junio
Hipoteca
TAE (1) 
Tipo de interés(2)
Cuota Inicial(3)
Interés inicial
Productos vinculados(4)
1
1
Activo Bank Hipoteca Activa Plus
1,64%
E+0,35%
527€
1,63%
2
2
3
Caja Navarra Hipoteca Relación Autopromotor
1,69%
E+0,40%
531€
1,68%
3
3
2
Oficinadirecta Hipoteca autocosntrucción
1,70%
E+0,39%
200€
1,60%
3
4
4
Banco Caixa Geral Hipoteca Cero55
1,86%
E+0,55%
542€
1,83%
6
5
5
Banco Popular Hipoteca Ahorro Joven
1,89%   
E+0,60%           
538 €
1,78%  
4
6
7
Banco Sabadell Atlántico BS Hipoteca Bonificada            
2,55%   
E + 0,60% 
612 €
2,75%  
3

(1) TAE calculada a EURIBOR 12 del mes de junio de 2010: 1,281% (último dato publicado)

(2) Tipo de interés aplicado al segundo periodo en caso de hipotecas mixtas

(3) Cuota para hipoteca de 150.000€ a 30 años

(4) Número de productos vinculados que debes contratar con la hipoteca

Cuándo entrega el dinero el banco en una hipoteca construcción

Lo usual en estas hipotecas es que el banco te entregue el capital de la hipoteca mientras avanza la construcción o restauración de la vivienda. Al momento de firmar la hipoteca, el banco te entrega una parte más importante del préstamo para que puedas comenzar con la obra. Algunas de estas hipotecas construcción financian la compra del terreno y la obra y otras hipotecas construcción sólo financian la obra.

Máxima financiación en las hipotecas construcción

Aunque estas hipotecas, como la mayoría de hipotecas del mercado, ofrecen un máximo de financiación del 80% sobre el valor de tasación de la vivienda, esto puede permitirte algo de flexibilidad en el préstamo. El 80% sobre el valor de tasación (del proyecto de obra terminado) puede suponer una financiación del 100% de la obra, ya que puedes necesitar mucho menos dinero para construir de lo que cuesta en verdad la casa. 


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Promoción inmobiliaria para uso propio

1 de Julio, 2010

Si usted va a construir una vivienda para uso propio, no es necesario que contrate el seguro de responsabilidad decenal. Pero ¿qué pasará si después decide venderla?

 Responsabilidad decenal

Vicios estructurales. Los promotores de edificaciones responden durante diez años de los defectos estructurales del edificio. Por defectos estructurales se entienden los daños en el edificio causados por vicios o defectos que afecten a la cimentación, soportes, vigas, forjados, muros de carga u otros elementos estructurales, que comprometen directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

Seguro. Esta responsabilidad se establece por ley, de forma que el comprador no puede eximir al promotor de exigírsela, siendo nulo cualquier pacto al respecto. Y para garantizarla frente a losadquirentes, el promotor está obligado a suscribir un seguro (el denominado seguro decenal).  La contratación de este seguro no es barata, ya que al pago de la prima se une la necesidad de acreditar que se han hecho los estudios geotécnicos adecuados.

Autopromoción

No obligatorio. No obstante, esta responsabilidad no tiene sentido si la vivienda se construye para uso propio del promotor (autopromoción). Es por ello que la ley exime de la obligación de contratar el seguro decenal si se trata de la construcción de una vivienda unifamiliar para uso propio del promotor. A estos efectos: Es autopromoción la construcción  sobre un terreno y también la construcción sobre una edificación ya existente, siempre que sea una unidad destinada a vivienda para uso propio. En ningún caso se considera autopromotor a una sociedad. La vivienda tampoco podrá tener un uso comercial o industrial.

Transmisión. Pero ¿qué ocurrirá si el autopromotor quiere vender la vivienda antes de que finalice el plazo de garantía? ¿Deberá contratar entonces el seguro decenal, para garantizar los posibles defectos ante el comprador? Pues bien, en este caso concreto –venta por parte del autopromotor, que previamente ha utilizado el inmueble como vivienda propia–, es válido que el comprador exonere al vendedor de constituir el seguro decenal. Si no existe esta exoneración, el Registro de la Propiedad denegará la inscripción de la transmisión, ya que en la escritura de compraventa debe constar expresamente la constitución de la referida garantía. ¡Y será casi imposible encontrar una aseguradora que se atreva a hacer el seguro ahora, sin haber intervenido en el control técnico de la obra!

Cautelas

Hipoteca. En el caso de que la autopromoción se financie mediante una hipoteca, es conveniente que, desde el inicio, ésta incluya una cláusula según la cual, en caso de ejecución de la hipoteca, el adquirente exonera al transmitente de constituir el seguro decenal. Esta cláusula favorece a todas las partes, ya que allanará la ejecución y, por otro lado, evitará costes para el propietario (en caso de que se le exigiese el seguro).

Finalización de obra. Con el fin de acreditar el destino de la vivienda para uso propio, conviene que toda la documentación de la obra indique ese destino, y que igualmente se mencione ese destino en la escritura de declaración de obra nueva. Todo ello, junto con la acreditación de que realmente se ha utilizado como vivienda, evitará que alguien pueda exigirle después la contratación del seguro.

El seguro decenal no es obligatorio si el promotor va a utilizar la vivienda para uso propio. Si después la vende antes del transcurso de los diez años, es válido que el adquirente le exonere de formalizar el seguro.

Artículo escrito por Indicator Asesores y Editores

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Compraventa de inmuebles: No aceptan el valor declarado

27 de Mayo, 2010

Con la actual situación inmobiliaria, puede ser normal que un inmueble se venda por un valor inferior al que utiliza Hacienda para liquidar el ITP…

Comprobación de valores. Tras adquirir un inmueble a muy buen  precio, ahora la Administración autonómica le notifica que el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) se ha declarado por un valor inferior al real, exigiéndole el pago de la diferencia. Ello es debido a que Hacienda utiliza unos baremos para valorar los inmuebles que, con la actual crisis económica, pueden dar lugar a valores superiores a los de mercado.     ¿Cómo debe reaccionar ante esta situación? Primero, recurso. Verifique que en la notificación enviada, Hacienda le indica todos los parámetros utilizados para justificar el nuevo valor asignado al inmueble. Como seguramente serán incompletos, presente un recurso de reposición, en los siguientes términos:  

 Que no le han notificado todos los parámetros utilizados por la Administración para valorar el inmueble

Que no se indica quién ha realizado la valoración (los peritos de la Administración deben tener la titulación adecuada para realizarla).

Indique expresamente que, en caso de que el recurso sea rechazado, se reserva el derecho a solicitar una tasación pericial contradictoria.

 

Tasación. Si le deniegan el recurso ( o realmente no puede interponerlo porque Hacienda le ha notificado correctamente la liquidación, con todos los datos necesarios), todavía podrá impugnar la comprobación de valores (siempre que se haya reservado este derecho en el propio recurso inicial).

 

Solicite entonces una Tasación Pericial Contradictoria:

 

Hacienda se verá obligada a hacer la valoración mediante dictamen de un perito (si es que la primera valoración no la hizo así).

 

Usted podrá proponer un perito propio si no está de acuerdo con el dictamen del perito de la Administración. Hacienda aceptará el dictamen de su perito si la diferencia no supera los 120.000 euros ni supone más del 10% de la tasación inicial.

 

Si no hay acuerdo, se nombra un tercer perito por sorteo. Si el valor asignado por éste supera en más de un 20% al valor declarado, usted deberá hacer frente a sus honorarios. Si la diferencia es menor, el coste del tercer perito lo asumirá Hacienda.

 

 Artículo escrito por Indicator Asesores y Editores

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¿Cuánto voy a pagar?

28 de Abril, 2010
IRPF
Ganancia patrimonial.
 La venta de un inmueble puede suponer una ganancia patrimonial en el IRPF, que se determina por la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de enajenación:

El valor de adquisición es el precio pagado en la compra más todos los gastos inherentes a ésta (por ejemplo, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales que se liquidó con la adquisición).
Estos importes se actualizan por un coeficiente corrector (ya que la ley entiende que parte de la ganancia patrimonial no debe tributar, al derivarse de la inflación que ha habido desde la fecha de compra hasta la fecha de venta).
El valor de transmisión es el precio recibido por la venta menos todos los gastos asumidos por el vendedor (por ejemplo, la comisión pagada al intermediario que ha intervenido en la venta).
Tipo fijo. La diferencia entre las dos magnitudes anteriores es la ganancia patrimonial obtenida, que tributa al tipo fijo del 18% (tipo que va a aumentar hasta el 21% a partir del año 2010). Apunte. Tenga en cuenta, no obstante, que existen importantes reducciones para inmuebles adquiridos con anterioridad al 31 de diciembre de 1994, que rebajan considerablemente la tributación final.
 

Impuestos locales
Plusvalía municipal
. No obstante, a la hora de facilitar información, no se olvide de otro impuesto que suele pasar más “desapercibido”, y que, si al final debe pagarse, puede provocar quejas de sus clientes (por no haberles informado de su existencia). Se trata del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (la
llamada plusvalía municipal). Aunque no todos los municipios exigen este impuesto (su liquidación es voluntaria), consulte con el Ayuntamiento del municipio en el que está ubicado el inmueble y verifique si, en este caso, existe la obligación de satisfacerlo.

El cálculo se realiza teniendo en cuenta el valor catastral del terreno (no de todo el inmueble).
La ley establece unos tipos máximos que los municipios no pueden sobrepasar (aunque pueden aplicar tipos algo inferiores), por lo que también deberá consultar qué tipos efectivos está aplicando el municipio (muchos de ellos le pueden facilitar un “precálculo” del importe que deberá pagar).

Vea cómo calcular el importe máximo que puede llegar a pagarse según la ley:
• Calcule los años que han pasado desde que se adquirió el inmueble (redondeados por defecto).
• Por cada uno de estos años, se aplica un porcentaje según las ordenanzas (por ejemplo, si han pasado 17 años, se aplica un máximo de un 3% por cada año, lo que supone un total de un 51%).
• Aplique el porcentaje indicado (51% en este caso) sobre el valor del terreno, y sobre el importe obtenido aplique el tipo impositivo que haya establecido su Ayuntamiento (máximo, el 30%).
El resultado será la cantidad a pagar.

La plusvalía municipal pagada por el vendedor es un gasto inherente a la venta y, por lo tanto, una partida que resta a efectos de calcular la ganancia patrimonial en el IRPF (es menos valor de transmisión). Al menos recuperará en el IRPF el 18% de lo pagado al Ayuntamiento.

No olvide informar a sus clientes sobre la plusvalía municipal, si su Ayuntamiento la ha fijado. A efectos de calcular la ganancia patrimonial en el IRPF, reste el importe pagado del valor de transmisión, para reducir la tributación.

Artículo escrito por Indicator Asesores y Editores

www.indicator.es

Avisos SMS de caducidad de anuncios

29 de Marzo, 2010

Te presentamos el nuevo servicio de avisos de caducidad de anuncios al móvil.

Con este nuevo servicio podrás mantener actualizada tu cartera de parcelas en venta a través de tu móvil.

Cada vez que uno de tus anuncios caduque, recibirás un mensaje en el móvil. Para renovarlo sólo tendrás que REENVIAR el mismo mensaje al número indicado.

El precio de activación del servicio es de 3,99 € y tiene una duración de 6 meses. El precio de casa mensaje de renovación en de 1,39€.

Puedes contratar el servicio a través de tu menú personal si estás registrado en MiParcela.com con un número de movil.

Autopromoción. Vivienda unifamiliar para uso propio

25 de Febrero, 2010

En la actual coyuntura económica y ateniéndonos a la conocida fractura en el ámbito de la construcción (con un exceso de oferta en la vivienda colectiva que ralentiza las iniciativas para nuevos proyectos) la alternativa de la autopromoción (construcción de la casa propia) se presenta más atractiva y económica que nunca.

A diferencia de otros países europeos como Bélgica u Holanda, donde la autopromoción es costumbre más que arraigada, España arrastra una indolente inercia que acaba por identificar la necesidad de una vivienda con el paso obligatorio por una promotora que previamente ha proyectado una “vivienda tipo”; naturalmente esa vivienda no ha sido pensada y diseñada en base a criterios específicos y personales (amplio salón y superficie de almacenaje, mayor relación interior-exterior, menor número de dormitorios pero mayor superficie relativa, criterios de sostenibilidad y eficiencia energética…etc) sino que responde a una demanda genérica y, pretendidamente, de amplio espectro social.

Naturalmente la Historia de la Arquitectura confirma que los proyectos de mayor confort y belleza han respondido, con pocas excepciones, a las necesidades específicas y reales de un cliente individual, sensible y exigente (pensamos en casas como la Kauffmann de Wright, la Villa Saboya de Le Corbusier o la Farnsworth de Mies Van der Rohe).

A continuación enumeramos los principales pros y contras de dichas iniciativas.

Inconvenientes de la autopromoción:

Frente a la idea generalizada de que construir la casa propia siempre resulta algo complejo y estresante nosotros reivindicamos la solvencia de los responsables técnicos de la obra (arquitecto y aparejador) para la correcta y natural evolución de los trabajos.

Si bien es cierto que, en la autopromoción, se suele prescindir de la figura del jefe de obras (el cliente deberá asumir el papel de promotor y por tanto estar pendiente del desarrollo de las obras y de los agentes que intervienen en la misma) será sin embargo responsabilidad técnica del arquitecto y aparejador la correcta ejecución de las mismas. Naturalmente, como en casi todo, un buen equipo de proyecto es la mejor garantía de éxito

 

Ventajas de la autopromoción:

1. En el caso de la autopromoción de una vivienda para uso propio, el propietario puede llegar a ahorrarse alrededor del 30% del coste que le supondría comprar una vivienda de obra nueva a un promotor o inmobiliaria.

Se ahorrará:

a/ los beneficios del promotor (puede oscilar entre el 15% y el 40% del Precio de Ejecución Material de la casa más el valor del suelo) porque usted pagará las obras.

b/ los beneficios de la inmobiliaria (entre el 5% y el 10% por trámites administrativos y comisiones de compraventa).

Esto significa que, si nos construimos una vivienda de 150 metroscuadrados con un PEM (presupuesto de ejecución material) orientativo de unos 112.500 euros (750 Euros/m2), la misma casa en el mercado partirá con un precio mínimo de 160.700 euros (esto representa un ahorro mínimo de 48.200 euros).

 

2.-Las cuentas son transparentes, concretas y claras desde el principio. Con la incorporación desde el principio del arquitecto en la toma de decisiones, el cliente es capaz de identificar y cuantificar no únicamente cuanto y en que momento le cuesta cada capítulo en la construcción de la vivienda propia sino que será consciente de los tiempos, las contingencias y la evolución del proyecto.

 

Desde el inicio, el arquitecto es capaz de valorar y ofrecer su criterio profesional en relación a lo que cuesta el solar en relación al mercado, la interpretación de las ordenanzas municipales, el cliente conocerá las fases y los costes del proyecto (licencias municipales, estudio geotécnico, honorarios profesionales, presupuesto del constructor, tiempos de ejecución…)
3.-Con la incorporación de un buen arquitecto usted puede acceder a un grado de personalización o de intervención en el proyecto impensable con una promotora. Esto significa que usted determina y ajusta la casa propia a las necesidades personales o familiares reales:

 

-          Mayor superficie de ventanas, dormitorios más espaciosos, la elección de un espacio bajo cubierta o un sótano, la identificación y distribución idónea de las partes de la vivienda como el cuarto de juegos para los niños, relación directa entre la cocina y el salón, la decisión de acometer el proyecto por partes, dejar el espacio bajo cubierta para una fase posterior de proyecto, especiales demandas de instalación eléctrica, reutilización de aguas pluviales…

 

Nosotros entendemos que la posibilidad real de construirse una casa a medida, como un traje, es algo de una intensidad elevadísima. Acostumbrados a ver publicadas viviendas en revistas de decoración que no han representado un desembolso mayor al habitual (sino al contrario en muchas ocasiones) sabemos que la buena arquitectura no es algo exclusivo y prohibitivo.

 

4.-Entre el arquitecto, el aparejador y el cliente se calibran, personalizan y ajustan los precios de los acabados, y establecer un orden de calidades específico que se ajusten a las necesidades reales del proyecto.

Por ejemplo, se podrá escoger un rango medio de calidades para los acabados de paredes exteriores (cerramiento) e interiores (tabiquería) y una gama alta para el pavimento exterior (parquet de calidad).

 Angulo Arquitectos

La información urbanística de los municipios será accesible a través de Internet

28 de Enero, 2010

Urbanismo en red, el programa surgido del convenio de colaboración suscrito por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la federación Española de municipios y provincias y red.es convertirá el planteamiento urbanístico en información digital y garantizará su acceso a través de Internet a los ciudadanos y profesionales.
En la actualidad, conseguir información urbanística implica un proceso largo en el que el ciudadano accede a un dossier con toda la información urbanística que es difícil de interpretar sin conocimientos urbanísticos. El programa urbanismo en red permitirá a la ciudadanía acceder a través de Internet a toda la información urbanística de los municipios adscritos al programa de manera fácil intuitiva e inmediata, así como consultar información sobre parcelas y calificación del suelo.
Urbanismo en red contempla una inversión de 57 millones de euros para cuatro años de ejecución. Se han desarrollado 15 proyectos piloto y la admisión de solicitudes para las entidades locales que quieran adscribirse al programa está abierta hasta el 3 de marzo.
Podéis obtener más información sobre el programa en la webhttps://www.urbanismoenred.es y ver uno de los proyectos piloto en la web del ayuntamiento de la Coruña

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